NUEVO RÉGIMEN PENAL JUVENIL: De la letra de la ley al discurso político. Por: Alvarez Massarotti
En un escenario atravesado por lecturas parciales y disputas políticas, el análisis serio exige volver a la norma misma. Su contenido revela un diseño consistente y técnicamente sólido, que introduce cambios relevantes en el sistema penal juvenil.

Existe una distancia, a veces insalvable, entre lo que dicta la norma y lo que se dice de ella. La palabra discurso -del latín discursus- en uno de los tantos significados atribuidos por la Real Academia Española (RAE) es definida como “razonamiento o exposición de cierta amplitud sobre algún tema, que se lee o pronuncia en público.”
Siguiendo la línea argumentativa, de la propia definición, veremos que aquí lo que realmente importa -siempre y en todo lugar- es el público. Consecuentemente, una ley que nació como un proyecto técnico legislativo corre el riesgo de ser devorada por la animosidad con la que partidos políticos compiten, unos contra otros, a fin de sostener su “discurso”.
El texto de la ley propone un equilibrio muy fuerte entre el reproche penal y la formación del individuo. En esencia, no se limita a establecer un castigo, sino que diseña un ecosistema cuya finalidad es educativa y resocializadora. De la lectura del articulado se extraen distintas herramientas que van desde penas sustitutivas a la privación de libertad en domicilios o institutos especializados siempre y cuando la naturaleza del delito o el cómputo de la sanción lo permitiere (artículos 11 y 12), medidas complementarias obligatorias a una condena condicional (artículo 8) y, también, mediación penal para aquellos casos en los que se cumplan los requisitos del criterio de oportunidad y la pena máxima no sea mayor a 6 años (artículo 42).
Entonces ¿a qué nos invita la lectura de los párrafos precedentes? A entender que el discurso punitivista imperante, en estos tiempos, en nuestro país, no necesariamente se condice con la letra de la ley. Aún más revelador resulta el hecho de concebir que nuestros argumentos, con los cuales debatimos a diario en ámbitos públicos y privados, están mayormente construidos sobre la base de lo que se cree saber, antes que sobre lo que realmente se sabe.
Convencido de la necesidad de su redacción, pero escéptico en cuanto a su aplicación y potenciales resultados, el sistema penal juvenil abre un nuevo capítulo en la República Argentina. Un capítulo que, para no ser otra promesa incumplida, exigirá que la política deje de hablarle al “público” y esté a la altura de la ambición de los artículos insertos en la norma.
